Tecnología para los negocios - Ayudas ticcamara 2019

Objetivo

El programa tiene como objetivo impulsar la incorporación de TIC (Tecnologías de la Información y de la Comunicación) en las pymes, para fomentar la competitividad y aprovechar las ventajas tecnológicas en las empresas.

  • Diagnóstico asistido de TIC
    Esta fase incluye un sistema de diagnóstico asistido y personalizado, se realizará un análisis del nivel de digitalización de la empresa, sobre 3 líneas de actuación

Más información

  • Utilización de las TIC para la mejora de la competitividad: herramientas de productividad, CRM, ERP y Cloud Computing.
  • Comercio electrónico.
  • Marketing digital: SEO, SEM, analítica web, reputación online, aplicaciones móviles, email marketing.
Para la ejecución de esta fase del programa, contarán con una serie de asesores tecnológicos pertenecientes a la Cámara.

Importe

Diagnóstico (FASE I): sin coste para el autónomo o pyme.
Programa financiado por Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y cofinanciado por la Diputació de València.

  • Implantación
    Tras el análisis TIC de cada empresa y el Plan Personalizado de Implantación, una serie de proveedores externos a la Cámara realizarán la implantación de soluciones TIC para cada empresa, junto con la memoria del proyecto que van a implantar.

Importe

Implantación del plan (FASE II): subvencionamos hasta un 50% para inversiones de un máximo de 7.000 € en desarrollo tecnológico.
Programa financiado por Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y cofinanciado por la Diputació de València.

DIRIGIDO A

​Las ayudas van destinadas a todas las empresas de la provincia de Alicante que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser una pyme (pequeña o mediana empresa) o autónomo.
  • Estar al corriente de pagos de sus obligaciones tributarios y con la Seguridad Social.
  • Cumplir la norma de minimis (Reglamento nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis), es decir, no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los últimos tres años, 100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera.
  • Estar dado de alta en el Censo del IAE. Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003.

Convocatoria, plazos y solicitudes

Las solicitudes se aceptarán a partir del 5 de abril de 2019 a las 8 h. y finaliza el día 12 de julio de 2019 a las 14.00 horas (o hasta agotar presupuesto)

Anuncio de Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante

El trámite de solicitud de participación es muy sencillo. Se puede llevar a cabo a través de los siguientes medios:

En cualquier caso se deberán cumplimentar y presentar:

  • Impreso de solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa) – (Anexo II)
  • Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al día en sus obligaciones (haciendo mención a la Ley de subvenciones)
  • Certificado de la Seguridad Social de estar al día en sus obligaciones (haciendo mención a la Ley de subvenciones).
  • Declaración jurada del cumplimiento de las condiciones de participación (Anexo III)
  • Persona física: copia compulsada del DNI del solicitante
  • Persona jurídica, copia compulsada de:
    • DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes
    • Poder de representación de la persona que firma la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa)
    • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa

La evaluación de solicitudes de participación y admisión de empresas al Programa TICCámaras se realizará en el orden en el que hayan sido registradas en la Cámara.

La resolución de las solicitudes será comunicada a los beneficiarios por escrito a través de la Cámara de Comercio.

80 ayudas disponibles

Solicita tu ayuda cuanto antes, las ayudas serán asignadas por orden de inscripción

SOPORTE SEDE ELECTRÓNICA

Para cualquier incidencia con la sede electrónica, remitir correo electrónico a tic@camaralicante.com indicando la siguiente información:

  • ​Persona de contacto
  • Teléfono de contacto
  • Descripción detallada de la incidencia donde se explique el proceso seguido y la acción realizada antes de la incidencia.
  • Fecha y hora de la incidencia
  • Convocatoria
  • CIF/NIF del solicitante
  • Razón social del solicitante
  • Navegador utilizado y versión
  • Capturas de la pantalla donde se produce el error y de la pantalla del error o del mensaje informativo.

Si el problema es con el Certificado toda la información que se disponga sobre el mismo*

*Recomendable acceder a la dirección https://valide.redsara.es/valide, opción Validar Certificado, una vez introducido el certificado pulsar en Ver información ampliada, copiar la información que se muestra y añadirla al correo.

PRÉSTAMOS IBERCAJA

A continuación, detallamos las condiciones de financiación que Ibercaja podrá ofrecer a los posibles beneficiarios del programa TICCámaras, vigente para este año 2019, a través de la Cámara de Comercio de Alicante.

Como máximo hasta el 100% del importe subvencionado de acuerdo con las características y limitaciones de cada programa, siempre y cuando se acredite previamente la autorización expresa de la subvención a favor del solicitante mediante resolución dictada por el órgano administrativo correspondiente.

Hasta un máximo de 18 meses; pactándose una única cuota de amortización de capital que se devengará al final de vida del préstamo, devengándose los intereses en la forma que sea pactada en el contrato según acuerdo por el solicitante e Ibercaja.

El solicitante se obligará contractualmente a que con la recepción de los fondos de las ayudas solicitadas y aprobadas y que son objeto de anticipo por la financiación, a realizar la amortización anticipada del préstamo concedido.

El importe de la financiación se destinará a inversión en tecnología y/o informática correspondiente al programa detallado y a cubrir los gastos de servicios de asesoría, consultoría e inversiones necesarias, asociados a la elaboración, desarrollo y ejecución del Plan Personalizado de Implantación elaborado por el asesor/tutor vinculado a la empresa según el Programa.

En cualquiera de los dos casos, el importe financiado se aplicará exclusivamente al pago de los proveedores de bienes y/o servicios mencionados, que figuren en el certificado aportado por la Cámara.

  • Comisión de apertura: Fija de 30 euros. No se aplicarán más comisiones si por el estudio de la operación, ni por la amortización o cancelación del préstamo.
  • Tipo de interés  fijo para toda la vida de la operación del préstamo:
    • Opción A) 3,00% (sin necesidad que el solicitante contrate con Ibercaja otros productos comercializados por ella a efectos de aumentar su vinculación comercial con Ibercaja)
    • Opción B) 2,50% siempre y cuando el solicitante tenga contratado, previamente con la Entidad, como mínimo 3 productos cualesquiera comercializados por Ibercaja.
    • Los gastos de formalización de la operación de préstamo serán a cargo del solicitante de la financiación.

La Cámara aportará un certificado de admisión de la empresa en el Programa que corresponda, en el que hará constar nombre y CIF del beneficiario de las ayudas, así como el importe y destino del préstamo a otorgar por Ibercaja.

Domiciliación Irrevocable de la subvención en la cuenta designada por Ibercaja.

La presente Oferta tendrá una vigencia máxima de un año, hasta el día 31.12.2018, y será susceptible de revisión en cualquier momento por parte de Ibercaja según la evolución de los mercados y/o cambios normativos que se produzcan. De acontecer esta revisión, Ibercaja lo comunicará a la Cámara de Comercio de Alicante, siendo sustituida la oferta que se encuentre vigente en aquel momento por las nuevas condiciones y requisitos que consten en la nueva oferta realizada.

Oferta Económica supeditada al análisis y estudio previo por parte del Departamento de Riesgos de Ibercaja y a los criterios de la política de concesión de riesgos de Ibercaja vigente en todo momento.

Los términos y condiciones de la presente oferta (así como de las posibles revisiones que pudieran efectuarse en un futuro tal como se ha indicado) están accesibles en la página web www.camaralicante.com/ayudastic. de la Cámara de Comercio de Alicante y para más información los solicitantes podrán consultarlo con su oficina de Ibercaja más próxima (Valencia)

Contacta con nosotros

Oficina Transformación Digital
963 103 924
oficinadigital@camaralicante.com

Programa

Cofinancia

Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Una manera de hacer Europa

La Cámara de València no se hace responsable de las informaciones que los solicitantes hayan podido recibir por vías distintas a esta convocatoria oficial o a través de la Cámara de Comercio de València.

La Cámara de Comercio de València es la entidad convocante de las ayudas de la presente convocatoria y no colabora con empresas externas para la gestión de las subvenciones contempladas en el programa.


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